En los nombramientos hechos por los diputados de la LXIV Legislatura del Congreso Local de los titulares de los órganos técnicos y administrativos de este Poder, los legisladores infringieron la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, pues quien ocupa la Dirección de Comunicación Social y Relaciones Públicas no tiene cédula profesional, requisito que mandata dicha disposición legal.
Hace unos días, el presidente de la Junta de Coordinación y Concertación Política (JCCP), Rubén Terán Águila, declaró a medios de comunicación que la asignación de titulares de los órganos técnicos en el Congreso local, no sería por “reparto de cuotas políticas y mucho menos prevalezcan los intereses personales”.
Sin embargo, la realidad es diferente, pues la persona que ya es titular de la Dirección de Comunicación Social y Relaciones Públicas Martha Águila Cuahtlpantzi o Cuatlapantzi, no tiene cédula profesional para ejercer el cargo, aunque es conocida por el trabajo que ha hecho en medios de comunicación locales.
Aunado a lo anterior, es sabido que ella fue vocera de Rubén Terán Águila cuando éste fue diputado federal, lo cual contradice al propio legislador respecto a que no se asignarían los cargos por reparto de cuotas o intereses personales.
El pasado sábado, los legisladores, en sesión extraordinaria, tomaron protesta de ley a Eliseo Hernández Sánchez como Secretario Parlamentario; Leonardo Esteban Estévez Vázquez como Secretario Administrativo; Soraya Noemí Bocardo Phillips como Directora del Instituto de Estudios Legislativos y Martha Águila Cuahtlapantzio o Cuatlapantzi como Directora de Comunicación Social y Relaciones Públicas.
El artículo 101 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, establece que, para ocupar los cargos de Secretario Parlamentario, Secretario Administrativo, Director del Instituto de Estudios Legislativos, Director Jurídico y Director de Comunicación Social y Relaciones públicas se requiere, entre otras cosas, es “contar con título y cédula