14 / Dic / 2021 | Encabezado, Municipios

Ofreció SEPE disculpa pública por violación a derechos humanos de un ex alumno del CAI y de sus padres

En agosto del presente año, la CEDH emitió una recomendación a la secretaría de educación, pero el anterior titular, Roberto Lima, no la aceptó

Este 14 de diciembre, el secretario de educación pública en la entidad, Homero Meneses Hernández, ofreció una disculpa pública al señor Rafael Suárez Díaz y a su menor hijo de identidad reservada, quienes fueron víctimas de actos violatorios de sus derechos humanos, cometidos por Gabriela N., Ángeles N., y Carolina N., directora, docente y responsable del área de psicología, respectivamente, de un Centro de Atención Infantil (CAI) de la entidad.

Este acto, que tuvo lugar en el Salón Lucio Cabañas de la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala (USET), el secretario de educación respondió a una recomendación que emitió la presidenta de la Comisión Estatal de derechos Humanos (CEDH) Jackeline Ordóñez Brasdefer en agosto del presente año, cuando aún era secretario de educación pública Roberto Lima, quien no aceptó la recomendación.

Ahí, la ombudsperson reconoció la ceptación y cumplimiento de las recomendaciones que correspondió al actual titular de la SEPE y reconoció que Homero Meneses reconsiderara y aceptara la recomendación que su antecesor rechazó al identificar las faltas que constituyeron violaciones a derechos humanos.

Después de detallar el caso que motivó a la queja, dijo que para la CEDH es importante la no repetición de actos violatorios y que se entienda que, “como servidores públicos tenemos la obligación ante los ciudadanos de salvaguardar los derechos humanos”.

En su intervención, Homero Meneses dijo que dio cumplimiento a la recomendación 03/2021 emitida el 16 de agosto de 2021 por violaciones a los derechos humanos del ciudadano Rafael Suárez Díaz y de su hijo de identidad reservada.

Dijo que se inició el procedimiento correspondiente ante el Departamento de Asuntos Jurídicos de la USET en contra de las entonces presuntas responsables, por lo que se determinó la imposición de «Nota mala» en la hoja de servicios de dos de las autoridades, así como el cese del nombramiento de una de ellas.

Las involucradas directamente fueron la directora Gabriela Anaya Ortega, la docente María de Los Ángeles Hernández González y la responsable del área de Psicología, Carolina Nava Carretero, adscritas al entonces Centro de Desarrollo Infantil, ahora Centro de Atención Infantil número 2 de Apizaco, Tlaxcala.

Dijo que las autoridades señaladas resultaron responsables de violación a los derechos humanos en contra de las víctimas antes mencionadas, por lo que “el de la voz, en mi carácter de secretario, a nombre de la Secretaría de Educación Pública y de la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala, en este acto ofrezco una disculpa pública al ciudadano Rafael Suárez Díaz y a su hijo de identidad reservada, personas que resultaron violentadas en sus derechos, lamentando la afectación que se generó en su esfera personal por la violación de los derechos humanos de los cuales fueron objeto”.

Reiteró su compromiso, para que no se repitan violaciones a los derechos humanos por parte de los servidores públicos adscritos a esa dependencia, buscando ser garante de la protección de los derechos de todas las personas, en especial de los niños, niñas y adolescentes haciendo énfasis en el derecho a la educación, a un trato digno, a la legalidad y seguridad jurídica.

Refrendó el compromiso de la Secretaría de Educación Pública y de la Unidad de Servicios Educativos de no tolerar ningún acto que vulnere la dignidad humana de los educandos o de los padres de familia, teniendo presente que debe prevalecer el interés superior de los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio de su derecho a la educación para alcanzar su bienestar.

Recordar que la CEDH emitió la recomendación 03/2021 en contra de la Secretaría de Educación Pública del Estado (SEPE) por actos violatorios cometidos por las personas antes mencionadas, pues la docente fue omisa al no proteger la integridad física y emocional de dos menores, cuando detectó que cometían lo que calificó como “conductas sexuales inapropiadas”, pues reportó los incidentes de manera extemporánea y no brindó atención oportuna ni ejerció las acciones que las leyes, reglamentos y manuales le obligan.

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