29 / Feb / 2024 | 1ra, Congreso

Aprueba la LXIV Legislatura Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Tlaxcala

El Diputado Jorge Caballero Román, presentó la iniciativa

Durante la décima cuarta sesión ordinaria del Congreso local, las y los diputados integrantes de la LXIV Legislatura, aprobaron la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Tlaxcala, que presentó el Diputado Jorge Caballero Román.

La presente Ley tiene por objeto garantizar el derecho humano consagrado en nuestra Carta Magna, donde toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, así como en materia de planeación en cuanto al desarrollo urbano municipal.

Es por ello que en esta Ley se establecen medidas de movilidad y seguridad vial con un enfoque de sistemas seguros, orientadas a la protección de las personas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad, así como a la sustentabilidad del medio ambiental. Para dar cumplimiento las Autoridades Estatales y Municipales se vuelven sujetos obligados a cumplir la presente Ley, además los prestadores del servicio de transporte de personas, bienes y/o mercancías, así como los habitantes y visitantes del Estado de Tlaxcala.

Asimismo, se deberán formular políticas y programas que incentiven el uso del servicio de transporte público, vehículos no motorizados, vehículos no contaminantes y otros modos de movilidad de alta eficiencia energética, con perspectiva de seguridad. Esto se aplicará siempre siguiendo los criterios previstos en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, al igual que en esta Ley.

En palabras del Diputado Jorge Caballero Román “Toda persona tiene el derecho a disponer de un sistema integral de movilidad de calidad, aceptable, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el efectivo desplazamiento de todas las personas en un territorio para la satisfacción de sus necesidad y pleno desarrollo”.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

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