Llama mi atención los mensajes negativos y de cierta forma contrarios, a las bondades del lenguaje incluyente, creo, no se ha comprendido del todo la importancia de nombrar, de visibilizar, de incluir a las mujeres, a la diversidad, a las personas que pertenecen a grupos minoritarios y de hacerlo sin el acompañamiento de estereotipos.
De pronto, el “pero” es que se rompen reglas gramaticales y el sentido del lenguaje, la riqueza de la lengua, pero si el tema se percibe desde otra visión, notaríamos como nuestro lenguaje representa poder, muestra la forma de ser como sociedad, del tiempo y obvio de quien se expresa. No nos sorprendamos si su construcción es patriarcal, como tantas y tantas, de nuestras instituciones.
Me refería a conocer lo que sí es el lenguaje incluyente, por que entonces a las personas defensoras de las estrictas reglas de la lengua percibirían que, incluso, desde esas reglas se puede incluir, abordar, referir a todas las personas y grupos que componen la sociedad, cuya variedad y diversidad es parte inseparable de la comunidad en sí y que el lenguaje evoluciona y experimenta cambios.
Mujeres en la RAE
Por cierto la Real Academia de la Lengua Española que “es una institución… que tiene como misión principal velar por que los cambios que experimente la lengua española en su constante adaptación a las necesidades de sus hablantes no quiebren la esencial unidad que mantiene en todo el ámbito hispánico…” sólo ha tenido entre sus integrantes a 11 mujeres de los 486 “académicos” que le integran, es decir solo el 2.26%, y tuvimos que esperar hasta finales del siglo XX para que se integrara la primera mujer.
Por eso, “eso de nombrar a las mujeres” no puede esperar más, las mujeres formamos parte de todo, en nuestro país somos más de la mitad, representamos el 51% de la población, estamos y queremos estar en todas partes, en lo privado, en lo público, en las áreas de acción y en la toma de decisiones, es necesario y, sobretodo, justo que se nos nombre y no se nos acompañe de estereotipos y roles de género.
El uso del lenguaje incluyente y no discrimintatorio es obligatorio en la actividad pública, obligación prevista desde la jurisprudencia del más Alto Tribunal del país, en la normas generales y en el Programa ProIgualdad del sexenio, entre otros y no, no se refiere únicamente al uso de “todas y todos” o “las y los”, por que afortunadamente las posibilidades son mucho más que eso, es simple, es comunicarnos teniendo a la dignidad y a la diversidad como eje.
Buscador de Género
El Sistema Nacional de Transparencia reformó los “Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones establecidas en el Titulo quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que deben difundir los sujetos obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia” para la implementación en la Plataforma Nacional de Transparencia del buscador de género.
Afortunadamente se aborda el derecho de acceso a la información bajo el enfoque de género; recordemos que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que la inobservancia de las obligaciones de respeto y garantía del derecho de acceso a la información para las mujeres puede tener, dentro de sus consecuencias, vulneraciones a su derecho a vivir libres de violencia y discriminación. Por su parte, la Convención de Belém do Pará establece que, la obligación de los estados parte de adoptar de forma progresiva, medidas, programas, acciones, para garantizar la investigación y recopilación de estadísticas e información relativas a las causas, consecuencias y frecuencias de la violencia contra la mujeres, para evaluar las medidas para prevenirla, sancionar y eliminarla.
El derecho de acceso a la información es indispensable para el ejercicio pleno, los derechos de las mujeres, de manera primordial de los derechos sexuales, reproductivos, económicos, sociales, educativos y culturales.
Por ello, la desagregación de la información por género en nuestro país resulta indispensable, permite que sea más comprensible, pues visibiliza la realidad de las mujeres, niñas y adolescentes y la comunidad LGBTTTIQ+ y los contextos de desigualdad, para además apoyar a los grupos en condiciones de vulnerabilidad a ejercer sus derechos.
La forma como actualmente se recaba la información, no cuenta con dicha desagregación, por lo que fue necesario reformar a nivel nacional la norma que determina a los sujetos obligados, la forma como recaban, presentan y difunden en los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, coadyuvando así en la implementación del buscador de género y destacando la obligatoriedad de hacer uso de una herramienta ya indispensable en la actividad pública: la perspectiva de género.
Estos cambios son inmediatos, por eso los sujetos obligados a nivel nacional, deben reportar la información ya con esta desagregación, usando lenguaje incluyente y construyendo su redacción y acción, con perspectiva de género, a partir del segundo trimestre de 2023, es decir, en los primeros días del mes de julio del presente año. Bienvenida la información pública con enfoque de género en México, eso lo queremos cotidiano.
Queremos cotidiano espacios en lo que se nombre a las mujeres, se nos visibilice, se nos respete, sea accesible la información pública, espacios que permitan la construcción de políticas públicas para prevenir la violencia de género y enfrentar nuestras necesidades, pero sobre todo, espacios para hacer efectivos nuestros derechos, eso lo queremos cotidiano.
*Magistrada en retiro